Entrega de un arma: cómo se hace la cesión
Comprador y vendedor cierran la venta directamente entre ellos: Gunfinder es un mercado y no interviene en la operación. En cambio, un arma de fuego solo cambia legalmente de dueño cuando la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil anula la guía de pertenencia del vendedor y expide una nueva al comprador (artículos 92 y 94 del Reglamento de Armas). Así es como se hace.
Antes de la entrega: comprobar la licencia
Un arma de fuego solo puede cederse a quien tenga la licencia de su categoría: B o F para armas cortas, D para rifles, E para escopetas y carabinas del 22. Pide al comprador por el chat una copia de su licencia y de su DNI y comprueba las fechas. Si tu arma es un rifle y el comprador ya tiene otro, necesita además la autorización especial de adquisición de su Intervención (artículo 100.4); que la pida antes de quedar. Qué licencia vale para qué arma: ¿A quién puedo vender un arma de fuego?
La cesión en la Intervención de Armas
El camino más sencillo es acudir los dos a una Intervención de Armas, normalmente la del domicilio del comprador. Muchas Intervenciones trabajan con cita previa, que se pide en la web de la Guardia Civil. Lleváis:
- el arma, descargada y en su funda, sin munición,
- los DNI de los dos,
- la guía de pertenencia del vendedor,
- la licencia de armas del comprador, en vigor y de la categoría del arma, y en su caso la autorización especial de adquisición,
- la tasa de expedición de la guía (modelo 790), que paga el comprador.
El interventor comprueba la documentación y el arma (marca, modelo, calibre, número de serie, punzones del banco de pruebas), recoge y anula tu guía y extiende la nueva a nombre del comprador. Desde ese momento el arma es suya. El pago lo acordáis entre vosotros; en mano, en el momento de la cesión, es lo más seguro para los dos.
Por medio de una armería
Si vivís lejos el uno del otro, una armería autorizada puede hacer de intermediaria: compra el arma al vendedor o la recibe en depósito, lo anota en su libro de entradas y salidas, la envía con guía de circulación a la Intervención o a una armería de la localidad del comprador, y el comprador la recoge allí con su licencia y su DNI; la Intervención de su residencia le expide la guía (artículos 42, 49.4 y 95). La armería cobra por este servicio; acordad antes quién lo paga. Lo que permite la ley al enviar un arma está en Enviar un arma: lo que está permitido.
Después de la cesión
El vendedor no tiene que hacer nada más: su guía queda anulada y el cambio se anota en el Registro Nacional de Armas. El comprador guarda la nueva guía junto con la licencia; tendrá que presentar el arma a revista cada cinco años, al renovar la licencia. Guardad los dos el justificante de la Intervención y, si lo habéis firmado, el contrato privado.
¿Y las armas sin licencia?
Las armas de aire comprimido de 4.ª categoría se entregan directamente: comprueba que el comprador es mayor de edad y declara la venta al Ayuntamiento y a la Intervención de Armas; el comprador saca después su tarjeta de armas. Cuchillos, arcos, detonadoras y accesorios se entregan sin ningún trámite, solo con el DNI del comprador. La entrega en mano con pago en el momento sigue siendo lo más seguro para ambos.
Munición
La munición sigue la categoría del arma y nunca viaja en el mismo paquete. Lo que vale para su cesión: Munición y recarga.
Los consejos generales para un trato seguro, del chat al pago, están en Comprar y vender con seguridad en Gunfinder.