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Régimen de margen

Actualizado el 20 de julio de 2026

El régimen de margen es un procedimiento de tributación del IVA (art. 135 y ss. de la Ley del IVA). Se aplica cuando los comerciantes revenden bienes de segunda mano, objetos de arte o artículos de colección. El IVA no recae sobre el precio de venta total, sino únicamente sobre la diferencia entre el precio de compra y el de venta; es decir, el comerciante solo tributa por su margen.

¿A quién le importa esto?

  • Comerciantes de segunda mano (p. ej. armas, relojes, electrónica)
  • Plataformas online y minoristas que revenden artículos procedentes de particulares
  • Compradores que no deben esperar ver el IVA desglosado en la factura

¿Por qué no se indica el IVA?

Dado que el impuesto se calcula únicamente sobre el margen de beneficio, la ley prohíbe desglosar el IVA en la factura. Por ello, los compradores no pueden deducir el IVA soportado, algo especialmente importante para los clientes empresariales.

¿Qué ventajas tiene el régimen de margen?

  • Ventaja competitiva para el comerciante: menor carga fiscal sobre los artículos usados
  • Precios más bajos para el cliente: porque no se aplica el IVA completo
  • Cálculo más sencillo en la compra a particulares

¿Qué aparece en la factura?

Las facturas de artículos bajo el régimen de margen incluyen una mención como:

«Artículo de segunda mano / Régimen especial de bienes usados – IVA no desglosado.»

Un ejemplo concreto:

  • Precio de compra: 800 €
  • Precio de venta: 1.000 €
  • Solo tributa la diferencia: 200 €
  • de los cuales 19 % IVA ≈ 32 €
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