„Armas largas; estas son armas de fuego cuyo cañón y cierre en posición cerrada tienen una longitud total superior a 30 cm y cuya longitud total utilizable más corta supera los 60 cm; (...)"
– Ley de Armas Anexo 1 (a § 1 Abs. 4)
Por lo tanto, las armas largas incluyen generalmente: Rifles, Escopetas, Armas combinadas así como las armas de aire comprimido y deportivas que cumplen con el criterio mencionado anteriormente.